top of page

 Debate aborto por violación

¿quién dice la verdad y quién no?

Por: Andrea Grijalva

El aborto punible se convirtió en el tema más controversial tratado en las reformas al Código Integral Penal (COIP). En la votación del pasado 17 de septiembre, no se logró contar con la mayoría requerida  (70 votos) que señala la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL) para que la despenalización del aborto en 5 causales fuese una realidad. Diferentes posturas se observaron no solo en el Pleno de la Asamblea Nacional, sino en medios de comunicación desde que inició el debate.

El equipo de La Cernidera verificó varios datos y estadísticas que fueron parte del debate dentro y fuera del Legislativo. A continuación los resultados:

Debate_aborto_por_violación_cernidera_1_
Debate_aborto_por_violación_cernidera_1_

Viviana Bonilla

Asambleísta independiente en el debate efectuado el 6 de agosto, en la sesión 611 del Pleno de la Asamblea.

“Ninguna mujer en el Ecuador ha sido sentenciada por abortar por violación”.

Video de la sesión 611: http://bit.ly/2m8c9YG

Debate_aborto_por_violación_cernidera_1_

Guillermo Lasso

Excandidato a la Presidencia del Ecuador el pasado 15 de septiembre, durante una entrevista en Políticamente Correcto transmitido por Ecuavisa.

“La despenalización del aborto por violación, en un país donde no hay una sola mujer presa que haya abortado, producto de una violación”

Debate_aborto_por_violación_cernidera_1_

¿Hay o no mujeres sentenciadas por abortar tras quedar embarazadas producto de una violación?

En el análisis “Códigos Patriarcales Construyendo Desigualdades” elaborado por el equipo del Centro de Apoyo y Protección de los Derechos Humanos Surkuna, se muestra un estudio de siete casos de mujeres criminalizadas y judicializadas por abortar en Ecuador. El informe evidencia por ejemplo, el caso de Josefa, una mujer afroecuatoriana a la que se le acusó de aborto consentido, por un embarazo que fue producto de una violación. Se le sentenció a siete meses de prisión. 

Además, se evidencia que algunas mujeres  han sido procesadas por aborto o asesinato después de tener abortos involuntarios, cuando incluso, a veces, ni siquiera sabían que estaban embarazadas. Un caso que describe Ana Vera, abogada de Surkuna, es el de una mujer que fue violada a los 18 años. Ella lo calló todo y tras unos meses, mientras hacía sus deberes, empezó a sangrar, dio a luz a un feto muerto. Los paramédicos encontraron al cuerpo en el baño. A pesar de que había tenido un embarazo que no sabía que tenía y producto de una violación fue acusada de homicidio involuntario.

Ante la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, durante la elaboración del informe para primer debate del Código Orgánico Integral Penal, el ex Defensor del Pueblo, Ernesto Pazmiño, expuso que entre 2013 y 2016, se registraron 243 procesos penales por aborto. De estos casos, el 100% vive en situaciones de pobreza y el 40% son afroecuatorianas. 

Aunque con sus afirmaciones la legisladora Bonilla y Lasso pretendieron argumentar que el aborto por violación no se debía despenalizar debido a que ninguna mujer había sido sentenciada por ese delito,  los datos levantados por organizaciones a favor de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres demuestran casos concretos de mujeres sobrevivientes de violencia sexual que fueron criminalizadas. Frente a esta realidad, en lugar de proteger los proyectos de vida de las mujeres, las convirtieron en asesinas y penalizaron sus decisiones.

Debate_aborto_por_violación_cernidera_1_

Franklin Moreno

Presidente del Colegio de Especialistas de DD.HH en una entrevista en Ecuavisa en el programa Contacto Directo.

“La CIDH en el caso Amelia, de una niña de 10 años, que pedía a sus padres la autorización del aborto y lo que hizo la Corte fue dictar medidas cautelares para proteger y cuidar a la mujer parturienta y al niño”

Accede a la entrevista aquí: http://bit.ly/2nHE81Z

Debate_aborto_por_violación_cernidera_1_

¿Cuál fue el pronunciamiento de la CIDH?

El 26 de febrero de 2010, la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de “Amelia”, madre una niña de 10 años, porque no estaba recibiendo la atención médica necesaria para tratar el cáncer que padece, dado su embarazo. La Comisión solicitó al Estado de Nicaragua que adopte las medidas necesarias para asegurar que Amelia tenga acceso al tratamiento médico que necesite para su cáncer metastásico; que adopte estas medidas en concertación con la beneficiaria y sus representantes; y que reserve la identidad de la beneficiaria y de su familia.

Doris Soliz

Asambleísta de la Revolución Ciudadana, durante la sesión 611, realizada el 6 de agosto.

Debate_aborto_por_violación_cernidera_1_

“Las Naciones Unidas en el año 2015 a través del Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer, exhortó al Ecuador a despenalizar el aborto por violación, a suprimir la pena de cárcel de uno a cinco años en caso de que una mujer ha sido violentada decida o tome la decisión de interrumpir su embarazo ”

Video de la sesión 611: http://bit.ly/2m8c9YG

Debate_aborto_por_violación_cernidera_1_

¿Quién recibió esta carta?

Tras la primera negativa de la Asamblea Nacional de despenalizar el aborto por violación en 2013, organismos internacionales han intentado intervenir. Este es el caso de las Naciones Unidas que en febrero de 2015 envió una carta a Mauro Andino, ex asambleísta y ex presidente de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado del Legislativo. En el documento  se exhorta al Ecuador a despenalizar el aborto por tres causales: violación, incesto y malformaciones graves del feto.

Además en 2019, José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch, exhortó a la misma Comisión a proteger los derechos humanos de las mujeres y niñas, y  despenalizar el aborto en casos de violación. “Negar a quienes han sufrido violaciones sexuales la posibilidad de decidir si desean o no continuar su embarazo es una medida cruel. Ecuador debería asegurarse de que nadie tenga la obligación de continuar un embarazo que no es resultado de su voluntad” señaló Vivanco.

Debate_aborto_por_violación_cernidera_1_

“Desde el 2015 al 2019 ha habido 28 sentencias condenatorias por aborto consentido y en el mismo periodo de tiempo 320 mujeres judicializadas"

Video de la sesión 611: http://bit.ly/2m8c9YG

Sebastián Palacios

Asambleísta de SUMA, señaló el 6 de agosto, durante la sesión 611 sobre las reformas al COIP.

Debate_aborto_por_violación_cernidera_1_

¿Quién proporcionó esta información?

Según información proporcionada por la Fiscalía General del Estado al asambleísta Palacios, desde el primero de enero de 2015 al 24 de julio de 2019 han existido 28 causas que han recibido sentencia condenatoria por abortar. Además, el documento demuestra que durante el mismo periodo se recibieron 320 denuncias por aborto.

Video de la sesión 611: http://bit.ly/2m8c9YG

“En estos cinco años tenemos 26132 mujeres, niñas, adolescentes fueron violadas”

Wilma Andrade

Asambleísta por Izquierda Democrática, durante la sesión 611, realizada el 6 de agosto.

Debate_aborto_por_violación_cernidera_1_
Debate_aborto_por_violación_cernidera_1_

¿Esta cifra es oficial?

Desde agosto de 2014 hasta junio de 2019, según información oficial remitida por la Fiscalía General del Estado se han presentado 26132 denuncias por violación siendo Guayas y Pichincha, las provincias que presentan mayor número de denuncias, 4879 y 4670, respectivamente. Además, tal cual lo indicó la asambleísta, la Fiscalía reportó que estas son cifras de mujeres que se atreven a denunciar una violación. Los otros casos no están registrados por la institución.

Debate_aborto_por_violación_cernidera_1_

César Rohon

Asambleísta del Partido Social Cristiano, el pasado 3 de septiembre en el Pleno de la Asamblea y a través de su cuenta de twitter.

“La mujer que ha sido violentada tiene la oportunidad de dar ese niño en adopción, y ser luz de quienes no pueden tener hijos y lo desean”

Debate_aborto_por_violación_cernidera_1_

En el Ecuador el proceso para dar en adopción a un/una niñx es complejo y sumamente demoroso. No resulta tan sencillo y fácil, como lo explica el asambleísta Rohon en su discurso. A continuación lo explicamos las razones:

¿Qué dice el Código de la Niñez y Adolescencia sobre cuándo dar paso a un proceso de adopción?

El Código de la Niñez menciona que se recurrirá a la adopción cuando se hayan agotado las medidas de apoyo a la familia y de reinserción familiar, además que de existir familiares del niño, niña o adolescente, hasta cuarto grado de consanguinidad, se los preferirá como adoptantes. Asimismo, establece que deben existir ciertos consentimientos para realizar este proceso, que varían según los involucrados en el proceso:

Estos se encuentran en el Art. 161 del Código:

1. Del adolescente que va ser adoptado;

2. Del padre y la madre del niño, niña o adolescente que se va a adoptar, que no hayan sido privados de la patria potestad;

3. Del tutor del niño, niña o adolescente;

4. Del cónyuge o conviviente del adoptante, en los casos de matrimonio o unión de hecho que reúna los requisitos legales; y,

5. Los progenitores del padre o madre adolescente que consienta para la adopción de su hijo.

Justamente, el constatar el agotamiento de medidas de apoyo y reinserción familiar, así como la obtención de los consentimientos respectivos provocan que el proceso de dar en adopción a un/una niño/a implique largos periodos de tiempo, en los que la madre, sobre todo, tendrá que mantener responsabilidad directa sobre su hijx. Esto lo evidencia un estudio presentado en agosto de 2018 por el  Ministerio de Inclusión Económica y Social  (MIES), en el que se señala, tras un análisis de los expedientes de las niñas, niños y adolescentes que fueron adoptados en 2018 bajo la figura sin vínculo, que el promedio de tiempo de la adopción es de 2 años 4 meses. Este periodo contempla desde la fecha de ingreso de las niñas, niños y adolescentes en las entidades de acogimiento hasta obtener la declaratoria de adoptabilidad a nivel nacional.

¿Qué pasa si una madre quiere dar en adopción a su hijx?

Mayra Tirira de la organización Surkuna, en una entrevista realizada para el Diario Expreso, el 23 de septiembre de 2019, expuso que en 2017, el espacio asumió la defensa de Gaby (nombre protegido), una niña que desde los once años fue violentada sexualmente por su padre, fruto de estos abusos quedó embarazada y dio a luz a un bebé. Gaby mostraba rechazo total a su hijo. Su relación con él se volvió una tortura, pero separar al niño de su madre no fue posible. Se realizaron varios informes elaborados por las trabajadoras sociales de la casa de acogida en la cual vivían la niña y el bebé pero no fueron suficientes. El Juzgado de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Quito no aprobó su separación. Se alegó que hacerlo sería un atentado contra la familia que está protegida por la Constitución en su Art. 42. Por eso, con el objetivo de mantener a la familia junta se recomendó terapia, para que la menor sobrelleve la experiencia de la violación. 

 

Además la investigación de Expreso señala que el MIES actuó en función de la norma: “La reinserción familiar es la regla, la adoptabilidad es la excepcionalidad”. Para lograr separar al bebé de la niña, la opción legal que encontró Surkuna fue demandar a Gaby por negligencia e iniciar un trámite para retirarle su patria potestad. Sin embargo, eso no era suficiente, ya que el agresor también debía renunciar a los derechos del niño.

Este no es el único caso. Ingresa a la investigación y conoce más casos.

¿Cuáles son las cifras sobre la adopción en Ecuador?

El MIES acoge a 2.552 niños, niñas y adolescentes, en sus 85 casas de acogida, de esta cifra el 31% de niños, niñas y adolescentes ingresaron por negligencia, el 25% por maltrato, 19% por abandono y el 13% fueron abusados sexualmente.

En cuanto a las adopciones realizadas de manera mensual, el último reporte que presenta el  MIES es de enero de 2019. En este se refleja que se efectuaron dos adopciones en la Zona 6 del país, que abarca las provincias del Azuay, Cañar y Morona Santiago. Todo esto mientras 224 niñas, niños y adolescentes se encuentran en aptitud legal para ser adoptados. 

Con todo esto se ha evidenciado que el sistema de adopción en el país responde a una estructura patriarcal que naturaliza el deseo y habilidades maternales de las mujeres. Por eso todas las barreras y normativa del proceso apunta a que las madres biológicas tengan que asumir siempre la responsabilidad y cuidado de su hijx, a pesar de haber decidido y demostrado que no cuentan con las condiciones materiales y subjetivas necesarias para la crianza de su hijx en un contexto digno para ambos. La adoptabilidad de una niñx siempre será la última opción, a pesar de la voluntad de las madres de hacerlo. El sistema siempre creará un artificio para que lxs niñxs permanezcan junto a sus madres, más allá de lo que implica esto para su bienestar físico, mental y emocional. 

© 2019 La Cocina Periodismo Feminista - created with Wix.com

bottom of page